2. A fin de reforzar la recuperación de los ecosistemas degradados, la UE debería:
2.1. Establecer objetivos jurídicamente vinculantes de recuperación de los ecosistemas degradados para los Estados miembros
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Totalmente de acuerdo
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Más bien de acuerdo
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Ni de acuerdo ni en desacuerdo
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Más bien en desacuerdo
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Totalmente en desacuerdo
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No lo sé / no tengo una opinión al respecto
2.2. Orientar mejor a los Estados miembros para ayudarles a elaborar estrategias y planes de recuperación
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Totalmente de acuerdo
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Más bien de acuerdo
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Ni de acuerdo ni en desacuerdo
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Más bien en desacuerdo
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Totalmente en desacuerdo
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No lo sé / no tengo una opinión al respecto
2.3. Fomentar un mejor uso de las oportunidades de financiación de la UE existentes para la recuperación
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Totalmente de acuerdo
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Más bien de acuerdo
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Ni de acuerdo ni en desacuerdo
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Más bien en desacuerdo
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Totalmente en desacuerdo
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No lo sé / no tengo una opinión al respecto
2.4. Fomentar el desarrollo de incentivos económicos y oportunidades de negocio con respecto a la gestión sostenible y la recuperación de ecosistemas
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Totalmente de acuerdo
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Más bien de acuerdo
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Ni de acuerdo ni en desacuerdo
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Más bien en desacuerdo
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Totalmente en desacuerdo
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No lo sé / no tengo una opinión al respecto
2.9. Otros (especifíquense)
Nuestra presentación:
La UE debe adoptar una nueva ley que permita la restauración a nivel de paisaje de la naturaleza de alta calidad que conduzca a su debido tiempo a hábitats ricos en biodiversidad y funcionalidad.
3. ¿Cómo deberían influir los siguientes criterios en la fijación de prioridades para la recuperación?
Eficacia ecológica: la recuperación contribuirá a:
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Prioridad alta |
Prioridad moderada |
Prioridad baja |
Ninguna prioridad |
No tengo una opinión al respecto / no lo sé |
Mejorar la salud de los ecosistemas, los hábitats o las especies de elevado valor en cuanto a biodiversidad
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Mejorar la conectividad de los espacios naturales (corredores ecológicos, especialmente rutas migratorias)
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Mejora de la resiliencia de los ecosistemas frente al cambio climático
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Beneficios para la sociedad: la recuperación contribuirá a la prestación de los siguientes servicios ecosistémicos:
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- mitigación del cambio climático, en particular el secuestro de carbono
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- adaptación al cambio climático
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- reducción del riesgo de desastres (por ejemplo, protección frente a inundaciones y tormentas)
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- purificación del agua
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- regulación de la cantidad de agua
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- regulación de la calidad del aire
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- ciclo de los nutrientes
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- fertilidad del suelo
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- mantenimiento de bancos de genes
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- polinización
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- lucha contra las plagas y las enfermedades
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- mantenimiento de las poblaciones de peces
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- beneficios para la salud y el bienestar del ser humano gracias a la interacción con la naturaleza
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- multifuncionalidad, es decir, la capacidad de los ecosistemas sanos de prestar una gran variedad de servicios ecosistémicos
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- otros servicios
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Rentabilidad de las medidas de recuperación
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Otros criterios
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Especifíquese
Nuestra presentación:
La ley debe abarcar exclusivamente la restauración de las funciones ecológicas y la conectividad de los hábitats y promover la dinámica natural de los ecosistemas, centrándose principalmente en los ecosistemas con un importante potencial de almacenamiento de carbono y de adaptación.
Especifíquese
Nuestra presentación:
Hay que centrarse en el cambio fundamental del uso de la tierra y el mar que puede poner a la naturaleza en la senda de la sostenibilidad de la "alta calidad". Las mejoras de los sistemas productivos como la agricultura, el suelo, la silvicultura comercial o la pesca deben ser abordadas por otra legislación.
4. La restauración o recuperación es el proceso consistente en ayudar a recuperar un ecosistema que se ha degradado, dañado o destruido. Se pueden establecer objetivos de recuperación de varias maneras distintas: el objetivo puede consistir en mejorar de forma progresiva el estado de un ecosistema o en hacer que alcance un buen estado, o referirse a un porcentaje de una zona de la UE o una extensión de ecosistemas específica en la que deberían llevarse a cabo actividades de recuperación. Los compromisos de recuperación de la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030 incluyen estos distintos enfoques. En su opinión, ¿cómo deberían establecerse los objetivos de recuperación de la UE? (Puede elegir varias respuestas)
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Como un objetivo de recuperación general a escala de la UE para todos los ecosistemas
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Como objetivos específicos a escala de la UE para cada ecosistema o hábitat
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Como objetivos específicos a escala de la UE para cada especie o grupo de especies
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Otros
Especifíquese
Nuestra presentación:
Al menos el 15% de la superficie terrestre y marina de la UE y el 15% de los ríos de curso libre deben ser restaurados para 2030. La ley también debe incluir un objetivo de eliminación de CO2 mediante hábitats naturales restaurados que actúen como sumideros, además del objetivo de reducción de emisiones para 2030. El objetivo del 15% debe aplicarse por igual a todos los Estados miembros.
5. ¿Se debería dar prioridad a la recuperación de alguno de los siguientes tipos de ecosistemas en la UE?
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Prioridad alta |
Prioridad moderada |
Prioridad baja |
Ninguna prioridad |
No tengo una opinión al respecto / no lo sé |
Ecosistemas urbanos, como terrenos abandonados y zonas verdes urbanas
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Agroecosistemas, como pastizales, dehesas y montados, y características paisajísticas (también en tierras de cultivo) tales como barbechos, franjas de protección, setos, muros escalonados y estanques
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Ecosistemas forestales, como plantaciones y bosques naturales y seminaturales
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Brezales y superficies cubiertas de arbustos
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Tierras con escasa vegetación, como zonas rocosas en las montañas, playas y dunas
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Humedales de interior, como pantanos, turberas, pastizales húmedos, bosques fluviales, zonas ribereñas y llanuras de inundación
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Ecosistemas edáficos (en ecosistemas urbanos, agrícolas, forestales y otros ecosistemas terrestres)
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Ecosistemas de agua dulce, como ríos y lagos
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Ecosistemas marinos, como humedales costeros, hábitats de cría, construcciones biogénicas a poca profundidad y corales de aguas profundas
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Otros
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Especifíquese
Nuestra presentación:
La definición de restauración debe ser precisa y no incluir la mejora de los suelos agrícolas/el reverdecimiento urbano, que debe ser abordado por otras políticas. Debe centrarse en las turberas, los humedales, los bosques, las praderas, los ríos, las llanuras de inundación y los ecosistemas marinos.
6. ¿En qué medida considera importantes los siguientes factores y medidas para garantizar la consecución de los futuros objetivos de la UE en materia de recuperación?
6.1. Especificar cómo deberían desglosarse los objetivos de la UE en contribuciones nacionales, teniendo en cuenta las características nacionales
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Muy importante
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Importante hasta cierto punto
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Nada importante
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No lo sé / no tengo una opinión al respecto
6.2. Exigir que los Estados miembros establezcan planes nacionales de recuperación
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Muy importante
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Importante hasta cierto punto
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Nada importante
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No lo sé / no tengo una opinión al respecto
6.4. Implantar un mecanismo para informar periódicamente sobre los avances realizados en la consecución de los objetivos
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Muy importante
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Importante hasta cierto punto
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Nada importante
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No lo sé / no tengo una opinión al respecto
6.6. Otros (especifíquese)
Nuestra presentación:
Necesitamos planes nacionales de restauración detallados y con base científica, que sean evaluados y aprobados por la Comisión, para garantizar su calidad y coherencia.
7. ¿Qué medidas se necesitan para garantizar que los ecosistemas recuperados se mantengan en buen estado a largo plazo?
7.2. Establecer una estrategia de seguimiento y notificación a largo plazo sobre el estado de los ecosistemas recuperados
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Muy importante
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Importante hasta cierto punto
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Nada importante
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No lo sé / no tengo una opinión al respecto
7.3. Designar determinados ecosistemas recuperados como zonas protegidas
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Muy importante
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Importante hasta cierto punto
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Nada importante
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No lo sé / no tengo una opinión al respecto
7.4. Otros (especifíquese)
Nuestra presentación:
La ley debe abarcar la restauración activa (por ejemplo, la eliminación de presas) y pasiva (por ejemplo, la prohibición de pescar o de talar). Estas actividades de restauración pueden llevarse a cabo dentro o fuera de las áreas protegidas, en cuyo caso los Estados miembros deberían garantizar la protección y mejora a largo plazo de los hábitats restaurados.
8. ¿Desea añadir algo más?
Nuestra presentación:
Los planes nacionales de restauración deben mostrar cómo las medidas de restauración apoyarán:
- Mejorar la conectividad de Natura 2000
- Lograr el objetivo de que el 10% de la superficie terrestre y marina de la UE esté estrictamente protegida
- la adaptación al cambio climático y la mitigación del mismo (en particular, mediante la retención de agua para ayudar a hacer frente al aumento de las inundaciones, las sequías y la subida del nivel del mar)
- objetivos de las legislaciones existentes (por ejemplo, las Directivas de Naturaleza, marina y marco del agua) al tiempo que se complementan con los requisitos legales existentes
- Participación pública
La ley debe contener plazos claros para los planes de restauración y las medidas de restauración, para la aprobación de los planes por la Comisión y para la participación de las partes interesadas y los expertos científicos. El seguimiento de las medidas de restauración, de los resultados de la biodiversidad y del progreso hacia los objetivos, a través de informes nacionales estandarizados y frecuentes, será clave.
La nueva ley debería apoyar el uso de los fondos de la UE existentes y la creación de un fondo de restauración de la UE específico (o un mecanismo dentro de algún otro fondo en el futuro Marco Financiero Plurianual).
Our rationale:
En relación con las preguntas mencionadas, estamos absolutamente de acuerdo en que la orientación a los Estados miembros por parte de la Comisión, la promoción de un mejor uso de las oportunidades de financiación existentes en la UE y el desarrollo de incentivos económicos y oportunidades de negocio son muy importantes para apoyar la legislación sobre restauración. Sin embargo, hemos respondido conscientemente que no estamos de acuerdo ni en desacuerdo", ya que no estamos de acuerdo en que proporcionar una mejor orientación y promover las oportunidades de financiación pueda o deba sustituir la necesidad de objetivos legalmente vinculantes.La UE debe adoptar una nueva legislación que establezca objetivos jurídicamente vinculantes como prioridad, y no sustituirla por proporcionar orientación e incentivos:
- Muchos instrumentos de la UE solo proporcionan orientación no vinculante a los Estados miembros, lo que a menudo da lugar a la inacción. La anterior Estrategia de Biodiversidad incluía un objetivo voluntario de restauración de los ecosistemas, que no se tradujo en acciones sobre el terreno. No tenemos más tiempo que perder y necesitamos una nueva ley que haga que la restauración de la naturaleza sea legalmente vinculante para todos los Estados miembros.
- Los incentivos económicos y las oportunidades de negocio son bienvenidos, pero a través de esta consulta, pedimos a la Comisión que siga centrada en la adopción de un nuevo instrumento jurídicamente vinculante que convierta la restauración de la naturaleza en una obligación para los Estados miembros. La experiencia ha demostrado que los incentivos por sí solos no son suficientes para desencadenar un cambio real y, de hecho, los Estados miembros rara vez despliegan incentivos adecuados en ausencia de obligaciones vinculantes de la UE.
- Por último, es fundamental que los objetivos de restauración se sumen a las obligaciones existentes en, por ejemplo, las Directivas de Aves y Hábitats, la Directiva Marco del Agua o la Directiva Marco sobre la Estrategia Marina. También es urgente mejorar la aplicación y el cumplimiento de las obligaciones existentes.